¿Qué sanción aplica a regidora “Juanita” que no asiste a trabajar?

 

Mucha tensión se ha vivido al interior de la bancada de MC gracias a María Inés Díaz Romero, la “Juanita” de Mochilas, y a la que piden sea sancionada por no desarrollar su cargo como regidora por dar prioridad a su trabajo en la iniciativa privada.

 

Que renuncie, que pida licencia, que la multen, que tenga “tantita” vergüenza, gritan voces en las redes sociales, pero, ¿qué sanción aplica a la regidora “Juanita” que no asiste a trabajar?

 

De los tres cuerpos de leyes que los rigen en Jalisco, es la Ley Orgánica Municipal del Estado de Jalisco es la más clara al respecto pero a la vez ambigua.

 

En su artículo 25 fracción II advierte la “suspensión” por abandono de sus funciones en un término de treinta días consecutivos, sin existir causa justificada.

 

De los 9 supuestos por los cuales pueden ser suspendidos, la señalada en el párrafo anterior es la que más se acerca al caso de la regidora María Inés Díaz Romero.

 

Es decir, nada. La laguna legal le permite seguir trabajando en la iniciativa privada sin presentarse a atender sus “obligaciones” inherentes al honroso cargo que ostenta salvo asistir a sus Comisiones y Sesiones de Cabildo.

 

Ahora bien, la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, en su artículo 49 capítulo II, le pone un candado:

 

VI. No invocar o hacer uso de su condición de regidor, en el ejercicio de la actividad mercantil, industrial o profesional;

 

Es decir, resultaría contrario a la ley si el gobierno municipal compra algún vehículo de la agencia de vehículos de la cual ella es Directora de Ventas.

 

De todo esto, la protegida de Ramón Guerrero no va solicitar licencia al cargo bajo ninguna razón. Ella seguirá jugando con el sistema a conveniencia.

 

Lo que sí, existe a partir de esta semana hay una sanción moral emitida por la comunidad Vallartense que reprueba su burda agresión a la vida democrática y política de México.

 

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